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La constitución de New Echota, julio del 1827, prohibió la venta de tierras privadas a los Estados Unidos, a los estados y a los individuos estadounidenses (p. 56) y la especulación de tierras. Personas que dejaban de pertenecer a la Nación Cheroqui cederían sus derechos y privilegios (de modo que, incluso entonces, no podrían vender sus tierras).
Para tener asiento en el Concilio General, uno tenía que ser un ciudadano libre y macho de 25 años (p. 56). Pero las personas con sangre negra —de cualquier lado— no pudieron tener puestos gubernativos. Además, cada macho libre de 18 años, menos los con estirpe negra (p. 57) podían votar en las elecciones de su nación.
Los predicadores, sea lo que fuere su religión, eran proscritos de tener oficina pública en la Nación Cheroqui, debido a su papel de siervo de Dios (p. 62). Los ateos y los que niegan que haya una ultratumba también eran prohibidos de servir en el gobierno.
Un acta del Concilio —aprobada el 27 de octubre, 1821— multaba los que emigrasen a Arkansas. Cualquiera que comprase sus mejoras terrestres también las abandonaron a la Nación Cheroqui (pp. 63, 64). Otra acta, pasada en New Echota el 31 de octubre, 1829 (p. 65) proclamó que los que enrolaran como emigrantes a Arkansas cedieron sus derechos como ciudadanos de la Nación Cheroqui (p. 64). Si un tal emigrante comprara las mejoras terrestres de un ciudadano, el ciudadano perdería su derecho de tener oficina pública, pagaría una multa y recibiría cien latigazos como castigo (p. 64).
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